Espionaje intrafamiliar. ¿Existe?
Las compañías de móviles también se han dado cuenta de que los cuernos celulares no sólo no tienen los efectos perniciosos de las antenas, sino que pueden ser un buen filón de negocio. No se entiende de otra manera que hayan lanzado los llamados servicios de localización. Por una pequeña cantidad mensual, cualquiera puede localizar en cualquier momento el lugar donde se encuentra la persona elegida siempre que ésta tenga encendido el móvil. De forma que el recurrido «estoy en la oficina acabando un trabajo urgente. Llegaré tarde. No me esperes despierta, cariño» tiene los días contados. Mensajito al servicio Localízame de Movistar, y sale: «Manolo está en Sitges, en el paseo marítimo. Precisión + / - 50 metros». Y la parienta que lo lee airada, remite un SMS a su querido esposo: «Manolo, o tu empresa se ha mudado hoy de Barcelona a Sitges, o ésta es una petición de divorcio, pedazo de capullo».
Dejando de lado si Manolo es un capullo o es el amo y la envidia del barrio , lo cierto es que la cita, extraida de «El Pais» plantea un supuesto muy poco explorado, como es el de si existe en nuestra legislación una sanción al espionaje intrafamiliar o si ese termino, simplemente no existe.
El problema es terriblemente complicado, naciendo de la propia Constitucion, que en el Art. 18.1 dice:
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
Es decir, que la intimidad personal y la familiar quedan en el mismo nivel, lo cual no nos resuelve la pregunta. ES mas, se complicaal tener acreditada la familia como un termino polisémico , guste o no guste ( la misma existencia de la polemica muestra la polisemia) Ahondando mas, existe la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen cuyo articulo 2 dice:
Uno. La Protección Civil del Honor, de la Intimidad y de la Propia Imagen quedará delimitada por las leyes y por los usos sociales atendiendo al ámbito que, por sus propios actos, mantenga cada persona reservado para sí misma o su familia.
Es decir, que la intimidad queda definida como Concepto Juridico Indeterminado, que tendra una interpretacion en cada lugar y tiempo.¿Es espionaje el vigilar al cónyuge?
Lo cierto es que esta Ley se escribio mucho antes de que los telefonos moviles y el «intennes» estuvieran en la mente del legislador mas avanzado. El tema probablemente seria importante en procesos de divorcio y de pruebas de la infidelidad...¿Que pensais?

10 comments
#1. David, 1 year and 4 months ago
Hombre pues este servicio tiene el problema de la protección de los datos de localización, que pueden ser considerados datos personales y por lo tanto protegidos y la comunicación de los mismos a un tercero distinto del titular pues debería acarrear una sanción.
No entiendo como van a estructurar este servicio con esos condicionantes...
Un saludo.
#2. Jorge Campanillas Ciaurriz, 1 year and 4 months ago
Vaya temita... espero que no estés pensando en espiar a Carol...
Estoy con David que vulnera la normativa de protecicón de datos de carácter personal, si la IP es un dato de carácter personal, nuestra localización también debe serlo!
Otro tema que hay que tener en cuenta en el espionaje familiar es la «costumrbe» de leer los SMS de la pareja/conyuge/amiga, yo creo que se vulneraría el derecho al secreto de las comunicaciones...
Vuelta a la vida... que dolor...
#3. David Fernandez, 1 year and 4 months ago
La ultima vez que mire, lo solventaban via consentimiento adicional en el contrato ( pero hace 5 años ya de esto...el UMTS todavia estaba despegando). En EE.UU. Aplican la E-911, y como es de emergencia, aplican esa excepcion ( que no esta definida igual que en L'Spagne.)
Yo soy solo una victima, a mi que me registren...
#4. Sergio Carrasco, 1 year and 4 months ago
En primer lugar, y a primera vista, la entrada a la vida familiar no implica el abandono total de la vida privada (solo faltaría!), con lo cual se debe proteger, teniendo como mucho en cuenta en determinados casos una posible aplicación - dudosa - de la circunstancia mixta de parentesco. Respecto a la localización en sí, podrían darse los problemas que se están comentando, si no fuera por las características que se dan en el servicio.
Para empezar, la localización no es libre, es decir, una persona cualquiera no puede localizarte simplemente por tener tú activado dicho servicio. Localízame requiere la aceptación de la localización para cada usuario, pudiendo fijarse un horario, y activarlo/desactivarlo en cualquier momento.
De esta forma, nosotros damos el consentimiento para el envío de dichos datos, en el momento que nos interese, y únicamente a las personas que aceptemos en nuestro teléfono.
El caso contrario sería una barbaridad desde el punto de vista de la protección de datos.
#5. David Fernández Mena, 1 year and 4 months ago
Pregunta: Ese consentimiento es libre ? Supuesto Real, como el comentado en el articulo, si le dices que no a la parienta...
#6. Sergio Carrasco, 1 year and 4 months ago
Y para evitarte problemas no resultaría más sencillo tener dos SIMs, dejarte una con un teléfono cutre en la oficina, y llevarte el otro «de juerga»
Tal vez debería ofrecerse la posibilidad de localizarte donde quisieras durante un rato? (ale, ahora estoy en Hawaii, al menos de forma virtual, jo jo jo).
#7. David Fernández Mena, 1 year and 4 months ago
El articulo del Pais comenta que es la solucion preferida ( y mas comun) de los que no quieren ser localizados, pero comenta com SIEMPRE les acaban pillando
#8. Sergio Carrasco, 1 year and 4 months ago
Posiblemente por un caso similar al del trailer del Mito de Bourne:
- Dónde estás?
- En mí despacho
- Si estuvieras en tu despacho no estaríamos hablando por teléfono (estando delante de la mesa).
#9. Ramon Pamies, 1 year ago
Pues.. no sé, yo, en general, no lo veo tan grave.
Como bien dice Sergio, el servicio Localizame requiere que des tu consentimiento previo para ser localizado, de manerá que en principio, no cabría hablar de infracción de derechos. Además, cualquier persona que no desee ser localizada lo tiene tan fácil como apagar el móvil o no llevarlo encima.
Por otra parte, no estoy seguro de que estar en en un lugar público forme parte de la parcela de intimidad. Si fuera la vecina de abajo la que le dijera a la esposa «el otra día ví a tu marido en el paseo marítimo de Sitges» ¿se estaría infringiendo tambien el derecho a la intimidad?
Otra cosa sería, por ejemplo, el caso de la empresa que facilita un móvil «localizable» propiedad de la empresa a un trabajador con obligación de llevarlo encima, incluso en horas no laborables (médicos, técnicos informáticos, etc).
Por cierto, ¿alguien conoce algun caso en el que un servicio de este tipo se haya intentado usar como prueba judicial?
#10. David Fernandez, 1 year ago
La ultima vez que lo mire , no habia casi ni normas especificas que trataran el tema de los datos de geolocalizacion.
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