No me resisto. TS Dixit

Estoy leyendo la citada sentencia sobre el secreto de las comunicaciones de las redes P2P. Y es viernes. Y no me resisto a comentar lo que acabo de leer:

En base a dichos rastreos policiales, realizados sin autorización judicial, se obtuvo un listado de IPS (Internet Protocols), esto es, claves de acceso que los proveedores de servicios de Internet asignan a cada ordenador

Ya que tenemos una lista de Internet Protocols, (TCPs, UDPs, FTPs) que nos sirven como claves de acceso entonces tengo todo mucho mas claro. Lo que no acabo de comprender es que es una direccion IP y para que sirve..

El Http sepuede pedir en racion o tambien se sirve en tapa? Pais…

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Comments

Siento informate, David, que en la imagen que acabas de publicar, y según la AEPD, hay un montón de datos personales. ;-)

yo creo que hay no hay inmediatez ( Estan disgregados) luego no lo serian :)
Ademas ,la Imagen es CC y no es de mi autoria ( Hotlinking). Y para acabar,es lo menos importante del post :D :D:D

Ya vi ese tema, pero bueno, es que decir “direcciones” les costaría demasiado imagino (aunque en ámbitos más coloquiales se pueden usar ambos, en una Sentencia se ve extraño)

Las Sentencias y las cosas extrañas ya son pan de cada dia ;)

Un saludo.

[...] 5 – No me resisto. TS Dixit: Iurismatica – Derecho TICs [...]

Si, es que no es solo los de las Ip’s ( que escriben IPS!!!) si no la brutal confusion del termino ( claves…). Como dices, entre colegas o coloquialmente, hablar de la Ip seria correcto, pero no entre profgfesionales. Menos en el que debe ser el mas alto tribunal, y maxime cuando esta redefiniendo los RFC’s :D

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