Discapacidad y sociedad de la información.
Un colectivo olvidado y que nunca tenemos encuenta en la sociedad de la información es el colectivo de discapacitados. Da la sensación que no existen, que no están detrás de nuestros blogs, webs, de la Internet 2.0, de la era de la Internet social. Sin embargo, somos nostros los que les hacemos el acceso imposible, los que no facilitamos que vengan a nuestra red que se unan a nosotros. Por todo ello, esta semana se ha publicado el REAL DECRETO 1494/2007,de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para el acceso de las personas con discapacidad a las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social. El Reglamento a pesar de ser corto en su extensión, tiene mucho contenido, o más bien, contiene una gran cantidad de obligaciones de actualización de las páginas web, los medios de comunicación social, así como la televisión digital y demás para que las personas con discapacidad puedan acceder a ellas. El Reglamento, a lo que la Administración Pública se refiere, establece unos plazos para su adaptación aunque reconoce que alguno de esos plazos también podrá ser exigido a las empresas. Del Reglamento (que recomiendo encarecidamente su lectura y puesta en marcha por la Administración Pública) paso a detallar los puntos que me han resultado más interesantes:
