Archive for the ‘Seguridad’ Category

La mejor arma, la ingeniería social.

Viernes, Julio 4th, 2008

Si me permitís la analogía y siguiendo las noticias sobre la increíble liberación de Ingrid Betancourt, (de la cuál me alegro) me ha hecho reflexionar sobre el asunto para llegar a una conclusión que siempre ha pasado por mi cabeza: está claro que la fuerza bruta funciona, pero cuanta más peligrosa es la ingeniería social (y con la considerable reducción de víctimas que conlleva), el poder que tiene el ser humano de hacer creer a otro sobre cualquier cosa, incluso conseguir que realice actos contrarios a sus propios principios u órdenes.

y los convencimos de que estaban hablando entre ellos mismos Comandante de las Fuerzas Militares.

Según la wikipedia, la ingeniería social es la práctica de obtener información confidencial a través de la manipulación de usuarios legítimos. Un ingeniero social usará comúnmente el teléfono o Internet para engañar a la gente y llevarla a revelar información sensible, o bien a violar las políticas de seguridad típicas. Con este método, los ingenieros sociales aprovechan la tendencia natural de la gente a confiar en su palabra, antes que aprovechar agujeros de seguridad en los sistemas informáticos. Generalmente se está de acuerdo en que “los usuarios son el eslabón débil” en seguridad; éste es el principio por el que se rige la ingeniería social.

Está claro que nuestros sistemas deben estar blindados, cuidados, tenerlos actualizados para que no sean vulnerables ante agujeros de seguridad ya conocidos y explotados por la fuerza, pero, sin embargo tenemos que tener mayor alerta si cabe ante este tipo de ataque de ingeniería social, no para que nos volvamos unos paranoicos, pero sí para tener los cinco sentidos al tanto ante posibles peticiones extrañas o ante informaciones o petición de información que puede resultarnos curiosas. En estos casos no hay nada como aplicar el sentido común, preguntar a nuestros compañeros, jefes, amigos, etc. y no dejarnos llevar por la situación. PARARNOS Y REFLEXIONAR (esto me recuerda también a la historia del teniente coronel Stanislav Petrov que se paró a reflexionar unos minutos ante lo que el sistema ruso consideraba un ataque nuclear…). Puesto que, aunque el mejor arma sea la ingeniería social, el ataque se desmonta fácilmente con una defensa clara y coherente, NO HACER lo que nos están pidiendo.

¿Darías la contraseña a un extraño a cambio de una tableta de chocolate?

Plataforma para la conservación de datos electrónicos con fines de investigación, detección y enjuiciamiento de los delitos graves

Lunes, Mayo 5th, 2008

La Comisión Europea con fecha 25 de marzo de 2008 aprobó una decisión mediante la cuál se crea el grupo de expertos “Plataforma para la conservación de datos electrónicos con fines de investigación, detección y enjuiciamiento de los delitos graves”. Este grupo de expertos formado por un grupo de 25 miembros y creado por la Comisión, trabajará como grupo consultivo facilitando el intercambio de buenas prácticas y contribuirá a la evaluación de los costos y eficacia de la Directiva 2006/24/CE, así como del desarrollo de las tecnologías pertinentes que pueden afectar a la Directiva. Las tareas del grupo serán:

  1. Constituir un foro de diálogo y de intercambio de experiencias y buenas prácticas, sobre las cuestiones relacionadas con la conservación de datos personales por los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas de comunicaciones con el fin de garantizar que los datos estén disponibles con fines de investigación, detección o enjuiciamiento de los delitos graves.
  2. Fomentar y facilitar una orientación común sobre la aplicación de la Directiva.
  3. Intercambiar información sobre los progresos tecnológicos pertinentes, los costes y la eficacia de la aplicación de la Directiva.
  4. Ayudar a la Comisión a identificar y definir las dificultades que les hayan surgido a los Estados miembros en relación con la aplicación técnica y práctica de la Directiva, en especial su aplicación al correo electrónico y a los datos de telefonía por Internet.
  5. Ayudar a la Comisión en su evaluación de la aplicación de la Directiva de conservación de datos y de su impacto en los operadores económicos y los consumidores.

El grupo de expertos estará formado, entre otros por:

  1. Miembros del Parlamento Europeo.
  2. Autoridades responsables de la aplicación de la Ley en los Estados Miembros.
  3. Asociaciones de la industria de las comunicaciones electrónicas.
  4. Representantes de las autoridades responsables de protección de datos.
  5. Supervisor Europeo de Protección de Datos, etc.

Espero que esta Plataforma sirva realmente para aclarar los términos tanto de la Directiva como de la Ley de conservación de datos y no generar más dudas que las que actualmente tienen los ISPs ante los datos que deben conservar.

Historias Ginecologicas y P2P: Preguntas sin respuesta.

Domingo, Abril 27th, 2008

LOPDLa lectura en El Pais sobre la sancion exorbitante de la AGPD a un centro medico de Bilbao, por la filtracion de 4000 expedientes ginecologicos en la red Ed2k (que no eMule) me deja una serie de preguntas que imagino que seran complicadas de responder:

  1. ¿Por que la APD cada dia publica menos cosas en su web y de manera cada vez mas dificil?
  2. ¿Por que siempre es La Policia Local de Ourense (aunque antes fue la Guardia Civil de Ourense, no como dice El Pais)?. ¿Para que tenemos al BIT y al GDT cuando siempre son ellos los que acaban tutelando la intimidad de las personas?. Algo debe cambiar en este terreno. Dejar de perseguir titulares y operaciones “contraelpirateo” puede ayudar.
  3. Aunque, pensado de otra forma…¿que hace La Policia Local de Ourense en la mula, buscando informacion? ¿Sera para que no les pase como a Defensa?
  4. ¿En cuanto e quedara la sancion final,una vez sea recurrida ante los tribunales? Se admiten apuestas.
  5. ¿Para cuando un endurecimiento del regimen de los ficheros de titularidad publica? ¿Mismos datos, distintas responsabilidades y sanciones.?
  6. ¿Por que alguien tan torpe como para poner los datos tan sensibles en el e-Mule tenia acceso a los mismos?

Aviso para Navegantes: EL Informe Juridico de la AGPD sobre el contenido de las historias clinicas asi como la responsabllidad de las clinicas privadas puede ayudar a evitar que sucendan este tipo de cosas.

Pakistan y su Ley de “Prevencion” de Delitos Electronicos

Viernes, Abril 11th, 2008

PakistanPakistan, el vecino amistoso de la India y paradigma máximo de la democracia, los Derechos Humanos y la Paz Social, aprobó ayer su ley contra la “cyber delincuencia” ( sea lo que sea eso) o Ley de Prevencion de Crimenes Electronicos.

La citada ley, castiga los delitos informaticos de forma “ejemplarizante” con penas entre 6 meses y la Pena de Muerte, en casos de “Cyber Terrorismo” . Ciertamente, castiga desde el SPAM hasta el no entregar los datos ( obligacion de retencion de 90 dias, ¿menor que en la UE!) por parte de los ISP.

Lo malo de este tipo de delitos y terminos ( terrorismo, o su variante “cyberterrorismo”) es su indefinicion o su defectuosa tipicidad. Por ejemplo:

Any person, group or organization who, with terroristic intent utilizes, accesses or causes to be accessed a computer or computer network or electronic system or electronic device or by any available means, and thereby knowingly engages in or attempts to engage in a terroristic act commits the offence of cyber terrorism.”

Hasta aqui suena a nuestro delito de colaboracion con banda armada ( que no haria falta la variante “cyber”). Hasta que vemos la definicion de “intento Terrorista”:

i. altering by addition, deletion, or change or attempting to alter information that may result in the imminent injury, sickness, or death to any segment of the population;

ii. transmission or attempted transmission o a harmful program with the purpose of substantially disrupting or disabling any computer network operated by the Government or any public entity;

iii. aiding the commission of or attempting to aid the commission of an act of violence against the sovereignty of Pakistan, whether or not the commission of such act of violence is actually completed; or

iv. stealing or copying, or attempting to steal or copy, or secure classified information or data necessary to manufacture any form of chemical, biological or nuclear weapon, or any other weapon of mass destruction.

¡En esa definición, entra cualquier cosa!. ¿Lo mejor? esta copiada de otra cierta ley…Ojo, que hay varios paises sudamericanos con leyes similares ( y similarmente igual de mal hechas) a punto de salir…

Red.es e INTECO establecen un procedimiento para la lucha contra el “phishing”

Viernes, Abril 4th, 2008

La Entidad Pública Empresarial red.es e INTECO han publicado un procedimiento para hacer frente al “phishing” que puede servir siempre y cuando se produzcan bajo nombres de dominio con el código correspondiente a España “.es”. Dichas entidades informan que:

Con el objeto de actuar contra el fraude electrónico que se produzca en nombres de dominio bajo el “.es”, la entidad pública empresarial Red.es (en adelante, “Red.es”) en connivencia con el Instituto Nacional de Tecnologías de la Información (en adelante, “INTECO”), organismo que presta atención a todos los tipos de fraude electrónico, centrándose sobre todo en los casos relacionados con nombres de dominio bajo el “.es”, pone de manifiesto lo siguiente:

  • Siempre que se detecte un posible caso de phishing, los usuarios pueden remitir el caso a INTECO, a través del buzón de correo electrónico fraude@cert.inteco.es. Una vez recibida la información en INTECO y, una vez caracterizado el caso, INTECO contacta con todas las entidades implicadas para facilitar la detección temprana del phishing de forma que cada agente tome las medidas que estime oportunas y, según lo establecido en el Protocolo “.es”, comunica a Red.es el caso a efectos de iniciar un procedimiento de cancelación de oficio respecto a los nombres de dominio afectados.

  • Las denuncias a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (en adelante, “FSCE”), las han de presentar los afectados, indicándoles INTECO el procedimiento a seguir. No obstante, INTECO colabora con las FSCE proporcionando información complementaria a sus investigaciones cuando así lo requieren.

  • Red.es no tiene atribuidas más competencias que las señaladas anteriormente para actuar contra casos de phishing, ya que se trata de una modalidad de estafa, delito tipificado en el Código Penal, por lo que es la jurisdicción penal la que tiene atribuidas mayores competencias al respecto.

  • Dicho procedimiento tiene por objeto bloquear el nombre de dominio durante el transcurso del mismo y comprobar si se está produciendo un incumplimiento de las condiciones de asignación y de uso del nombre de dominio bajo “.es”, emitiéndose Resolución estimatoria o desestimatoria. Si la Resolución es estimatoria, se cancela el nombre de dominio a su titular, quedando en situación de libre asignación.

  • Una vez recibida en Red.es la comunicación de uno o varios casos de phishing contenidos en páginas web bajo el código de país “.es”, la Autoridad de Asignación inicia, en vía administrativa, un procedimiento de cancelación de oficio, regulado en el Capítulo V de la Instrucción del Director General de la entidad pública empresarial Red.es, por la que se desarrollan los procedimientos aplicables a la asignación y a las demás operaciones asociadas al registro de nombres de dominio bajo el “.es”.

En este caso no podemos sino que aplaudir y apoyar tanto al INTECO como a la Entidad Pública Empresarial Red.es por la labor y el esfuerzo (que me consta) que realizan con la intención de luchar contra este tipo de actos.