Sanción de 1000 euros por el envío de un único e-mail con información comercial

Es curioso observar, dependiendo la época del año en la que nos encontremos, el tipo de e-mails con publicidad que llenan nuestros buzones. En esta última época (aunque quizá fuera de su periodo de esplendor allá por los principios del otoño) he recibido correos electrónicos sobre posibles cursos que consideran que me pueden interesar y a los que me invitan a participar (por supuesto previo pago de la matricula o petición de subvención correspondiente). Me viene muy bien una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos como ejemplo de infracción y sanción con 1000 euros por el envío de un sólo e-mail de este tipo, a una empresa que por el nombre seguramente se dedique a impartir cursos.

La Agencia en cumplimiento del artículo 21 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico entiende que el envío de una única comunicación comercial sin disponer de autorización previa del destinatario o sin que conste la existencia de una relación contractual previa es una actitud que infringe la normativa, y como tal es merecedora de una sanción pecuniaria.

La Agencia, por supuesto, no toma en consideración que la comunicación incluye un modelo de advertencia legal (como casi todos los e-mails que recibimos), lo que es realmente importante es que el destinatario haya dado el consentimiento para recibir esas comunicaciones, y si no lo ha hecho esa actividad es merecedora de una sanción.

Ahora ya tenéis una respuesta que darles a aquellas empresas que llenan vuestros buzones!

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Comments

1000€ de multa por enviar un email comercial sin autorización….

La Agencia Española de Protección de Datos multó a una empresa por enviar sin autoricación del receptor un correo electrónico comercial, en base al artículo 21 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico. Me p…

[...] » noticia original [...]

Esta agencia es un lastre para cualquier desarrollo de internet.

cómo ofreces tu trabajo a alguien si es ilegal comunicarse? no es un absurdo?
es como si para hacer una llamada de teléfono, antes nos tuvieran que dar permiso para llamar…

hay que luchar contra el spam, pero antes deberían saber los legisladores qué es spam realmente

por cierto, ¿como puede ser ilegal enviar un email y ser legal llenar tu buzón “físico” de propaganda? esta última, que además es un consumo de papel brutal… todo un sinsentido

Bienvenido Andres a este blog!

La normativa está llena de sinsentidos…

El caso del buzón físico, si recibimos “propaganda” personalizada también lo podemos poner en manos de la Agencia de Protección de Datos (si es que no hemos dado el consentimiento para recibirla), si no es personalizada nos pueden llenar buzones y buzones…

Si no es personalizada te pueden mandar de todo por correo físico? Entonces si te mandan un email no personalizado también no?

Yo creo que esto es una manera más de recaudar €, es lo único que interesa.

Creo que se podría haber hecho de una forma mejor (y no de poco).

Hay algún link en dónde expliques como funciona la APD, porque no sé exactamente qué hacen con los ‘ficheros’, porque vienen y te piden cuántos ficheros tienes (¿?¿?¿?) qué son ficheros para ellos? Se sienten muy cool acaso? Yo creo que no lo saben ni ellos :P

Para realizar cualquier consulta acerca de la Ley de Protección de Datos podéis visitar la web http://www.abogadoaloy.com/

hello everybody. my Spanish is not good but it seems like a very nice web site. thanks

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