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	<title>Comentarios para Iurismática Abogados - Derecho TICs</title>
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	<description>Somos Abogados especializados en Derecho de las Nuevas Tecnologías</description>
	<lastBuildDate>Thu, 23 Feb 2012 02:10:10 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Comentario en Tratamiento de datos sin consentimiento del afectado &#8211; Sentencia Tribunal Supremo por La intoxicación de la prensa para vender titulares &#124; Protección de datos personales</title>
		<link>http://www.iurismatica.com/tratamiento-de-datos-sin-consentimiento-del-afectado-sentencia-tribunal-supremo/comment-page-1/#comment-98844</link>
		<dc:creator>La intoxicación de la prensa para vender titulares &#124; Protección de datos personales</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 23 Feb 2012 02:10:10 +0000</pubDate>
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		<description>[...] Martínez en &#8220;El Derecho&#8221;, imprescindible si quieres profundizar en este tema Jorge Campanillas en Iurismatica Asociación Profesional Española de Privacidad Xavier Ribas sobre el interés [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] Martínez en &#8220;El Derecho&#8221;, imprescindible si quieres profundizar en este tema Jorge Campanillas en Iurismatica Asociación Profesional Española de Privacidad Xavier Ribas sobre el interés [...]</p>
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		<title>Comentario en Las redes sociales no pueden establecer sistemas de filtrado con carácter preventivo para proteger la propiedad intelectual por Salirdeinternet.com</title>
		<link>http://www.iurismatica.com/las-redes-sociales-no-pueden-establecer-sistemas-de-filtrado-con-caracter-preventivo-para-proteger-la-propiedad-intelectual/comment-page-1/#comment-98810</link>
		<dc:creator>Salirdeinternet.com</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 18 Feb 2012 13:33:04 +0000</pubDate>
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		<description>Muy bien explicado, Jorge. Creo que es lógico, y la solución estará en lo que citas en tu ultima frase. Se tendrá que solicitar la retirada y la red social tendrá que tener infraestructura para atender peticiones rápido (lo que en algunas redes es casi imposible). Abzo</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muy bien explicado, Jorge. Creo que es lógico, y la solución estará en lo que citas en tu ultima frase. Se tendrá que solicitar la retirada y la red social tendrá que tener infraestructura para atender peticiones rápido (lo que en algunas redes es casi imposible). Abzo</p>
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	<item>
		<title>Comentario en Tratamiento de datos sin consentimiento del afectado &#8211; Sentencia Tribunal Supremo por Álvaro Ramos Suárez</title>
		<link>http://www.iurismatica.com/tratamiento-de-datos-sin-consentimiento-del-afectado-sentencia-tribunal-supremo/comment-page-1/#comment-98797</link>
		<dc:creator>Álvaro Ramos Suárez</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 16 Feb 2012 16:57:01 +0000</pubDate>
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		<description>Estimado Jorge
Estoy absolutamente de acuerdo y sobre todo mientras permanezca sin modificar el artículo 6.2 de la LOPD.
Evidentemente también considero que para el envío de las comunicaciones ocmerciales dificilmente se podrá invocar un intérés legítimo. Ahora bien, por ejemplo ¿se considera un interés legítimo el uso de internet en general para localizar a un moroso que ha cambiado de dirección? partiendo de la base de que internet no es fuente accesible al público, entiendo que en este caso sí se podrá invocar un interés legítimo en la localización y el tratmaiento de los datos por parte del responsable sin consentimiento.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado Jorge<br />
Estoy absolutamente de acuerdo y sobre todo mientras permanezca sin modificar el artículo 6.2 de la LOPD.<br />
Evidentemente también considero que para el envío de las comunicaciones ocmerciales dificilmente se podrá invocar un intérés legítimo. Ahora bien, por ejemplo ¿se considera un interés legítimo el uso de internet en general para localizar a un moroso que ha cambiado de dirección? partiendo de la base de que internet no es fuente accesible al público, entiendo que en este caso sí se podrá invocar un interés legítimo en la localización y el tratmaiento de los datos por parte del responsable sin consentimiento.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Tratamiento de datos sin consentimiento del afectado &#8211; Sentencia Tribunal Supremo por Jorge Campanillas Ciaurriz</title>
		<link>http://www.iurismatica.com/tratamiento-de-datos-sin-consentimiento-del-afectado-sentencia-tribunal-supremo/comment-page-1/#comment-98790</link>
		<dc:creator>Jorge Campanillas Ciaurriz</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 15 Feb 2012 11:43:42 +0000</pubDate>
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		<description>Estimado Candido

Gracias por el comentario, y tiene razón pero yo quería comentar que cuando haya que acudir a ese precepto se podrá poner en valor lo comentado por la sentencia del TJUE y solicitar hacer aplicar dicha sentencia. Está claro que mientras esté el art. 6 de la LOPD como está debemos estar a su literalidad mientras no se modifique.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Estimado Candido</p>
<p>Gracias por el comentario, y tiene razón pero yo quería comentar que cuando haya que acudir a ese precepto se podrá poner en valor lo comentado por la sentencia del TJUE y solicitar hacer aplicar dicha sentencia. Está claro que mientras esté el art. 6 de la LOPD como está debemos estar a su literalidad mientras no se modifique.</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Tratamiento de datos sin consentimiento del afectado &#8211; Sentencia Tribunal Supremo por Cándido Pérez</title>
		<link>http://www.iurismatica.com/tratamiento-de-datos-sin-consentimiento-del-afectado-sentencia-tribunal-supremo/comment-page-1/#comment-98789</link>
		<dc:creator>Cándido Pérez</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 15 Feb 2012 11:20:16 +0000</pubDate>
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		<description>¿Directiva de aplicación directa? Creía que las Directivas se aplicaban por transposición.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>¿Directiva de aplicación directa? Creía que las Directivas se aplicaban por transposición.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Tratamiento de datos sin consentimiento del afectado &#8211; Sentencia Tribunal Supremo por El Tribunal Supremo anula el artículo 10.2.b del Real Decreto 1720/2007 &#124; Descargas Legales</title>
		<link>http://www.iurismatica.com/tratamiento-de-datos-sin-consentimiento-del-afectado-sentencia-tribunal-supremo/comment-page-1/#comment-98788</link>
		<dc:creator>El Tribunal Supremo anula el artículo 10.2.b del Real Decreto 1720/2007 &#124; Descargas Legales</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 15 Feb 2012 09:39:22 +0000</pubDate>
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		<description>[...] web de la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP) y en los blogs de Gontzal Gallo, Jorge Campanillas y Jesús Pérez. Be Sociable, Share!           [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] web de la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP) y en los blogs de Gontzal Gallo, Jorge Campanillas y Jesús Pérez. Be Sociable, Share!           [...]</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Tratamiento de datos sin consentimiento del afectado &#8211; Sentencia Tribunal Supremo por El Supremo anula el artículo 10.2.b del Reglamento de desarrollo de la LOPD &#171; Entre Códigos Civiles y Androides</title>
		<link>http://www.iurismatica.com/tratamiento-de-datos-sin-consentimiento-del-afectado-sentencia-tribunal-supremo/comment-page-1/#comment-98782</link>
		<dc:creator>El Supremo anula el artículo 10.2.b del Reglamento de desarrollo de la LOPD &#171; Entre Códigos Civiles y Androides</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Feb 2012 14:50:09 +0000</pubDate>
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		<description>[...] consentimiento? Rotundamente no. Como comenta, sobre esta Sentencia, Jorge Campanillas  en el Blog de Iurismática &#8220;para el caso del envío de comunicaciones comerciales nada cambia, seguirán necesitando [...]</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] consentimiento? Rotundamente no. Como comenta, sobre esta Sentencia, Jorge Campanillas  en el Blog de Iurismática &#8220;para el caso del envío de comunicaciones comerciales nada cambia, seguirán necesitando [...]</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en Tratamiento de datos sin consentimiento del afectado &#8211; Sentencia Tribunal Supremo por Gontzal Gallo (@gongaru)</title>
		<link>http://www.iurismatica.com/tratamiento-de-datos-sin-consentimiento-del-afectado-sentencia-tribunal-supremo/comment-page-1/#comment-98781</link>
		<dc:creator>Gontzal Gallo (@gongaru)</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 14 Feb 2012 14:25:52 +0000</pubDate>
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		<description>Jorge, poco más que añadir, sólo que no entiendo el revuelo que se está produciendo en determinados &quot;sectores&quot; de la Red...Estoy leyendo cada cosa...en fin.

Saludos!

PD: Ah! Gracias por citarme!!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Jorge, poco más que añadir, sólo que no entiendo el revuelo que se está produciendo en determinados &#8220;sectores&#8221; de la Red&#8230;Estoy leyendo cada cosa&#8230;en fin.</p>
<p>Saludos!</p>
<p>PD: Ah! Gracias por citarme!!</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Comentario en El control de los ordenadores de los funcionarios en las Administraciones Públicas. por Jose Martin</title>
		<link>http://www.iurismatica.com/el-control-de-los-ordenadores-de-los-funcionarios-en-las-administraciones-publicas/comment-page-1/#comment-98761</link>
		<dc:creator>Jose Martin</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 11 Feb 2012 09:09:16 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.iurismatica.com/?p=3428#comment-98761</guid>
		<description>Muy buena. Grcias a todos.
Desde luego, en mi opinión la clave es &quot;expectativa razonable de intimidad”, ahora habrá que estar a las comunicaciones que se hagan (que seguro se extenderán por la Administración) si son suficientes, comprensivas y si cubren el fin de &quot;aviso&quot; de modo correcto. Gracias</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muy buena. Grcias a todos.<br />
Desde luego, en mi opinión la clave es &#8220;expectativa razonable de intimidad”, ahora habrá que estar a las comunicaciones que se hagan (que seguro se extenderán por la Administración) si son suficientes, comprensivas y si cubren el fin de &#8220;aviso&#8221; de modo correcto. Gracias</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Comentario en La Ley de Blanqueo de Capitales y la normativa de protección de datos de carácter personal por Alvaro Del Hoyo</title>
		<link>http://www.iurismatica.com/la-ley-de-blanqueo-de-capitales-y-la-normativa-de-proteccion-de-datos-de-caracter-personal/comment-page-1/#comment-98755</link>
		<dc:creator>Alvaro Del Hoyo</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Feb 2012 19:27:31 +0000</pubDate>
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		<description>(continúa)
La naturaleza de estas obligaciones y las especialidades exigidas por la Ley 10/2010 implicarán la creación de ficheros específicos para las mismas.
Respecto de los datos contenidos en los ficheros operarán en muchos casos excepciones en la aplicación de las normas generales de protección de datos, sobre todo cuando haya de atenderse a la prohibición de revelación, contenida expresamente en las normas de prevención de blanqueo, que podrá afectar al
deber de información o a la respuesta que deba darse a las solicitudes de ejercicio de los derechos.
Sin embargo ello no implica que los ficheros estén excluidos de la aplicación de la LOPD. Por el contrario, la Ley 10/2010 prevé expresamente que dicha Ley Orgánica es de aplicación.
Por ello, deberán cumplirse las previsiones de dicha Ley y, en particular las relativas a la notificación del fichero para su inscripción&quot;</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>(continúa)<br />
La naturaleza de estas obligaciones y las especialidades exigidas por la Ley 10/2010 implicarán la creación de ficheros específicos para las mismas.<br />
Respecto de los datos contenidos en los ficheros operarán en muchos casos excepciones en la aplicación de las normas generales de protección de datos, sobre todo cuando haya de atenderse a la prohibición de revelación, contenida expresamente en las normas de prevención de blanqueo, que podrá afectar al<br />
deber de información o a la respuesta que deba darse a las solicitudes de ejercicio de los derechos.<br />
Sin embargo ello no implica que los ficheros estén excluidos de la aplicación de la LOPD. Por el contrario, la Ley 10/2010 prevé expresamente que dicha Ley Orgánica es de aplicación.<br />
Por ello, deberán cumplirse las previsiones de dicha Ley y, en particular las relativas a la notificación del fichero para su inscripción&#8221;</p>
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