Consentimiento verbal para la portabilidad fija y móvil.

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publicado el 7 mayo 2009

Categorías: CMT / Derecho de las Telecomunicaciones / Normativa / Telecomunicaciones

El BOE recoge hoy la Resolución de 16 de abril de 2009, de la Presidencia de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por la que se hace pública la Circular 1/2009, por la que se introduce el consentimiento verbal con verificación por tercero en la contratación de servicios mayoristas regulados de comunicaciones fijas, así como en las solicitudes de conservación de numeración.

Gran cantidad de denuncias realizadas por los usuarios en materia de Telecomunicaciones ha sido la contratación de servicios no deseados o la portabildiad a otras compañías mediante técnicas sospechosas, por no decir, ilegales. Asimismo, en gran cantidad de ocasiones dejar una compañía para irse a otra conllevaba seguir un procedimiento lento, burocrático y no exento de dificultades e incomprensiones. Por ello, desde el año 2004, tal y como se establece en la propia Resolución, la CMT habilitó un  mecanismo para recabar el consentimiento verbal del abonado que permitía tramitar la preselección de operador, poniendo a disposición de los usuarios una herramienta esencial (el consentimiento verbal) para permitirles el acceso a las ventajas que la existencia de una pluralidad de operadores conlleva, en cuanto a calidad, precios y nuevos servicios.

El consentimiento verbal, explicándose de una manera rápida, consiste en la grabación de la llamada donde se nos solicitaba la portabilidad realizada por un tercero ajeno a la empresa, a la cuál se nos remitía en el momento en que aceptábamos la oferta. En esa llamada, se nos solicitaba una serie de datos así como de una manera clara comunciar nuestro consentimiento a la operación q ue se estaba realizando.

Mediante la circular actual, se permite la utilización de este mecanismo de consentimiento verbal para las siguientes actividades:

a) Solicitudes de portabilidad fija.
b) Solicitudes de portabilidad móvil.
c) Solicitudes de cancelación de portabilidad fija/móvil.
d) Alta/traspaso de un servicio mayorista de acceso desagregado o indirecto con portabilidad asociada.
e) Alta/traspaso de un servicio mayorista de acceso desagregado o indirecto sin portabilidad asociada.