El pasado jueves 25 de octubre se aprobó el Reglamento 1255/2007, mediante el que se modifica el Reglamento 874/2004 por el que se establecen normas de política de interés general relativas a la aplicación y a las funciones del dominio de primer nivel «.eu», así como los principios en materia de registro. El nuevo Reglamento incluye un listado actualizado de nombres registrados o reservados para el registro por los Estados miembros de la UE, los Estados del Espacio Económico Europeo y los países candidatos. Los nombres de los listados (básicamente, nombres estatales y regionales en los distintos idiomas) no podrán ser registrados por los solicitantes como nombres de dominio «.eu».
Artículos relacionados
Decisiones y procedimientos abiertos en la WIPO / OMPI en materia de nombres de dominio bajo el “.es”. Agosto 2011
1 septiembre 2011
A vueltas con la anulación de Safe Harbor ¿alarmismo o serenidad?
29 diciembre 2015
Newsletter
Derecho Digital al día — solo lo que importa.
Áreas temáticas
