Vía Javier Maestre nos hemos enterado de la primera publicación de una resolución en un procedimiento de resolución extrajudicial de conflictos bajo el dominio .es. Espero que estas resoluciones en breve estén accesibles desde la web del propio Es-nic para no tener que bucear por las webs de los proveedores de servicios de resolución de conflictos en su búsqueda.En lo que al caso se refiere el experto ha considerado que el dominio debe ser transferido al demandante. Estas primeras resoluciones resultarán de interés para observar en qué sentido interpretan los expertos el Reglamento de cancelación de nombres de dominio.
Resoluciones dominios .es
JO
Jorge Campanillas Ciaurriz
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3 noviembre 2011
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