Instrucción de Red.es sobre los precios públicos nombres de dominio

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publicado el 17 enero 2008

Categorías: Dominios / LSSI / Normativa / Red.es

Con la publicación de la LISI ya estuvimos comentando el tema de la modificación de tasa a precio público en lo que a asignación del «recurso limitado» de nombres de dominio se refiere. La Entidad Pública Empresarial Red.es aprobó el pasado 14 de enero la Instrucción del Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se establecen las tarifas del precio público por asignación, renovación y otras operaciones registrales del recurso limitado de nombres de dominio bajo el código correspondiente a España (.es).

Los puntos más importantes de la Instrucción son los referentes a la cuantía del precio público:

  • Tarifa primera. Asignación anual inicial o renovación anual de nombres de dominio de segundo nivel: 27,59 euros.
  • Tarifa segunda. Asignación anual inicial o renovación anual de nombres de dominio de tercer nivel bajo los indicativos “.edu.es” y “.gob.es”: 30,17 euros.
  • Tarifa tercera. Asignación anual inicial o renovación anual de nombres de dominio de tercer nivel que se otorgan bajo el resto de los indicativos: 11,64 euros.
  • Tarifa cuarta. Asignación anual inicial o renovación anual de nombres de dominio de segundo nivel, solicitada a través de agente registrador: 4,09 euros.
  • Tarifa quinta. Asignación anual inicial o renovación anual de nombres de dominio de tercer nivel bajo los indicativos “.edu.es” y “.gob.es”, solicitada a través de agente registrador: 10,34 euros.
  • Tarifa sexta. Asignación anual inicial o renovación anual de nombre de dominio de tercer nivel que se otorgan bajo el resto de los indicativos, solicitada a través de agente registrador: 1,29 euros.

Así como el punto referente a los descuentos en las Tarifas:

  • Red.es, en el marco de iniciativas que persigan el fomento y desarrollo de la sociedad de la información en España, podrá establecer de forma transitoria descuentos en las tarifas recogidas en la Disposición Primera cuando así lo considere oportuno. En todo caso dichos descuentos deberán ser establecidos mediante Resolución motivada.

¿Establecerán ahora el sistema de asignación y renovación por periodos superiores a 1 año?