La libertad de panorama en peligro

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publicado el 25 junio 2015

Categorías: Normativa / Propiedad Intelectual

Hacer una fotografía o grabar un video empieza a ser una actividad de riesgo. La proliferación de dispositivos móviles capaces de tomar fotografías en cualquier situación, realizando cualquier actividad, hacerse selfies en los lugares más insospechados (y con alta tecnología como los palos para selfies) o grabar videos que puedan resultar dañinos para el poder, está generando cambios normativos, en algunos casos rozando la censura, que debe hacernos meditar hacia qué sociedad nos estamos dirigiendo.

Nos encontramos en estos momentos en la discusión sobre la reforma de las directivas europeas en materia de propiedad intelectual a fin de adecuarlas a la era digital. Dentro de estas reformas, Julia Reda, eurodiputada perteneciente al Partido Pirata, ha hecho un llamamiento para evitar que se apruebe una propuesta para delimitar lo que se conoce como la «libertad de panorama» (incluso se ha abierto una campaña en change.org). Pero ¿qué es la libertad de panorama?

Se entiende por libertad de panorama la posibilidad de realizar, por ejemplo, fotografías, vídeos, cuadros con cualquier tipo de finalidad de todo aquello que se encuentre en vía, zonas públicas, etc. En nuestra propia normativa se acepta esa libertad de panorama como así se establece en el artículo 35.2 de la ley de propiedad intelectual:

Las obras situadas permanentemente en parques, calles, plazas u otras vías públicas pueden ser reproducidas, distribuidas y comunicadas libremente por medio de pinturas, dibujos, fotografías y procedimientos audiovisuales.

Esta excepción que nos permite hacer fotografías, vídeos o pinturas, por ejemplo, a edificios singulares no es bien vista por los titulares de esos derechos que pretenden restringir los usos, sobre todo comerciales, de las fotografías y vídeos que se pueden estar captando. Hoy en día tenemos los casos, por ejemplo, del  Museo Guggenheim en Bilbao, la iluminación de la Torre Eiffel en París, etc.

Ante esta libertad de panorama se quiere introducir una enmienda en la directiva para que en caso de usos comerciales de las fotografías o vídeos se deba solicitar autorización al titular. Situación que realmente, a mi juicio, genera muchos problemas, dudas y que puede generar situaciones ridículas. Sería imposible hacer una foto y subirla a una red social, publicar en tu propio blog en el que tengas un banner publicitario o un sinfin de situaciones, que realmente vuelven a dejar a los ciudadanos desprotegidos e incumpliendo la normativa en todo momento por limitaciones que no se entienden en la era digital en la que nos encontramos.