Modificaciones en el procedimiento de resolución de controversias en nombres de dominio (UDRP)

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publicado el 17 noviembre 2015

Categorías: Abogado / Abogados / Dominios / ICANN / OMPI / WIPO

El ya lejano 31 de julio de 2015 entraron en vigencia los nuevos cambios introducidos en la política uniforme de resolución de controversias para nombres de dominio (conocida como UDRP), para quien a estas alturas no lo conozca todavía, es la política que aceptamos cuando registramos un dominio. Es decir, a la hora de comprar cualquier dominio aceptamos una cláusula arbitral establecida por la ICANN y que conlleva un procedimiento de resolución de controversias para casi todos los nombres de dominio de primer nivel. Procedimiento que es asumido por las diferentes entidades existentes como centros de arbitraje (OMPI, ADR Forum, etc.). Los cambios no han sido muy profundos pero sí necesarios para considerar un procedimiento más justo para ambas partes. Los cambios más significativos han sido 2:

  • Procedimiento de acuerdo. Una vez iniciado el procedimiento si las partes querían llegar a un acuerdo no se establecía ningun procedimiento ni posibilidad de suspensión para intentar la conciliación o acuerdo. Ahora se establece un procedimiento incluyéndose también un formulario de acuerdo. De modo resumido el procedimiento incluído sería el siguiente:
    • Las partes solicitan suspenda el procedimiento para permitir a las partes discutir las posibilidades de llegar a un acuerdo.
    • El Centro informa al Registrador de la suspensión del procedimiento.
    • Si las partes llegan a un acuerdo deben completar y devolver el Formulario de Acuerdo El Centro confirmará al registrador la acción a realizar en el marco del acuerdo de solución de las partes, es decir, la transferencia del nombre de dominio al demandante (o cancelar el registro del dominio).
  • Solicitud de ampliación del plazo de contestación a la demanda. El demandado puede solicitar una extensión automática, sin ningún tipo de pago de tasa, del plazo de contestación a la demanda. El plazo se extendería automáticamente en 4 días.