Obras inéditas digitales ¿conservación y titularidad?

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publicado el 24 abril 2014

Categorías: Normativa / Propiedad Intelectual / Tecnología

Hoy ha aparecido una noticia sobre la aparición de obras inéditas de Andy Warhol que estaban en disquetes de su ordenador amiga (para lectores jóvenes, diremos que disquetes eran unos dispositivos en principio grandes y flexibles y luego más pequeños y rígidos que servían como los actuales «pendrives» pero sin tanta capacidad de almacenamiento). La noticia me ha generado 2 preguntas que no me parecen para nada baladí.

La primera de ellas es sobre la posible pérdida de documentos y obras susceptibles de protección por propiedad intelectual (como las obras de la noticia que corresponden a Andy Warhol). Hasta ahora fuera de causas de fuerza mayor o destrucción de documentos, sabemos la vida que puede llegar a tener el papel y encontrar un día obras inéditas de autores que se encuentran en dominio público (recomiendo el artículo de David Maeztu sobre obras inéditas que también haré referencia en la segunda pregunta). Sin embargo ¿durante cuanto tiempo dura la información almacenada por ejemplo en un disquete o en un disco duro? o lo que es peor ¿podremos leer lo almacenado en esos dispositivos? yo personalmente todavía guardo información en disquetes, juegos, apuntes de la carrera, pero tendría que rescatar algún viejo ordenador para leer esos disketes siempre y cuando hayan sobrevivido (con un simple iman se perdía información) ¿funcionarán los equipos? ¿encontraremos el software adecuado en su momento para su lectura?. Ciertamente con la irrupción de internet y los proyectos de conservación digital (por ejemplo el llevado a cabo por la biblioteca nacional, archive.org, etc) ahora podremos tener copia de miles de webs y obras protegibles, pero seguro, como así se pone de manifiesto que el problema de formatos, estándares y máquinas estará presente (¿os suena el soft libre? la solución sin duda).

La segunda pregunta tiene que ver sobre la titularidad de los derechos de la obra inédita digital. ¿a quién pertenece las obras aparecidas (imágenes, garabatos, fotografías) en los disketes de Andy Warhol? Si nos encontrásemos ante un autor que ya se encuentra en dominio público, como bien explica David Maeztu en su post, (y siendo autor bajo nuestra normativa de propiedad intelectual), corresponderían los derechos a quien la haya divulgado lícitamente según el artículo 139 LPI. En el caso de un autor como Andy Warhol que no se encuentra en dominio público, puesto que falleció en 1987, habría que acudir a los artículos 26 y 27 de la LPI:

Artículo 27 Duración y cómputo en obras póstumas, seudónimas y anónimas

1. Los derechos de explotación de las obras anónimas o seudónimas a las que se refiere el artículo 6 durarán setenta años desde su divulgación lícita.

Cuando antes de cumplirse este plazo fuera conocido el autor, bien porque el seudónimo que ha adoptado no deje dudas sobre su identidad, bien porque el mismo autor la revele, será de aplicación lo dispuesto en el artículo precedente.

2. Los derechos de explotación de las obras que no hayan sido divulgadas lícitamente durarán setenta años desde la creación de éstas, cuando el plazo de protección no sea computado a partir de la muerte o declaración de fallecimiento del autor o autores.

Como el caso de Andy, parece ser que no queda duda de que él es el autor y se ha divulgado a posteriori, volverá a regir la aplicación general del artículo 26: Los derechos de explotación de la obra durarán toda la vida del autor y setenta años después de su muerte o declaración de fallecimiento, correspondiéndole al autor o a sus herederos dichos derechos.

Por todo  ello, ¿guardamos bien nuestro patrimonio digital?