Dominios · Propiedad Intelectual

El Gobierno de EEUU devuelve los dominios a Rojadirecta

JO
Jorge Campanillas Ciaurriz
· 30 agosto 2012 · 3 min lectura

19 meses después de que la fiscalía de Nueva York «secuestrase» los dominios rojadirecta.com y rojadirecta.org, tal y como comentamos en el blog, éstos van a ser de nuevo transferidos a su titular (la empresa española puerto 80 propietaria de la web rojadirecta y titular de los dominios rojadirecta.com, .org y que operaba en la actualidad bajo el dominio rojadirecta.me), una vez que se conociese que el Gobierno de Estados Unidos ha comunicado al tribunal su intención de no continuar con las acciones planteadas contra la demandada.

Y ¿por qué ha tomado el Gobierno de los EEUU esta decisión ahora? Al parecer y según la propia carta enviada por el Gobierno al Tribunal que está juzgando los hechos, la marcha atrás del Gobierno se debe a cambios jurisprudenciales y por circunstancias particulares del presente caso:

The Government respectfully submits this letter to advise the Court that as a result of certain recent judicial authority involving issues germane to the above-captioned action, and in light of the particular circumstances of this litigation, the Government now seeks to dismiss its amended forfeiture complaint. The decision to seek dismissal ofthis case will best promote judicial economy and serve the interests of justice. The Government thus respectfully encloses a: courtesy copy of its Notice of Voluntary Dismissal, pursuant to Rule 41(a)(l)(A)(i) of the Federal Rules of Civil Procedure, which it has filed electronically today. In addition, the Government respectfully encloses a proposed order for the. Court’s consideration that vacates the warrants pursuant to which the defendant domain names were seized. Thank you for your attention to this matter.

Este cambio jurisprudencial (según la revista wired) podría producirse por la reciente decisión sobre el caso Flava Works v.myVidster.com, donde el Juez Posner considera (recordemos que siempre según la normativa de derechos de autor de los EEUU) que compartir enlaces no supone una infracción de copyrigth.

Ahora que está en marcha la Sección Segunda de la Comisión de propiedad intelectual del Ministerio de Justicia y tramitando los procedimientos de las posibles infracciones de derechos de propiedad intelectual le resultará del todo interesante las dudas que se están generando en la meca del copyrigth sobre la infracción o no, o incluso la contribución a la infracción de una acción tan simple con enlazar o vincular, más allá de la acción de facilitar la transmisión ilegal de archivos.

Dominios Propiedad Intelectual

Artículos relacionados

Recuperar el nombre de dominio
28 septiembre 2011

Newsletter

Derecho Digital al día — solo lo que importa.

Áreas temáticas

SafeCreative

Safe Creative #1502250162129