Las impresoras 3D y las armas de fuego.

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publicado el 8 mayo 2013

Categorías: delitos / General / Jurisprudencia / Tecnología

La penúltima revolución en el mundo tecnológico ha sido, sin duda, el advenimiento y -principio de- popularización de las impresoras tridimensionales: aparatos que nos permiten fabricar piezas en diversos materiales (generalmente plástico ABS) sin necesidad de la compleja maquinaria industrial que habitualmente se requiere.

Cualquier persona puede diseñar y fabricar sus propios objetos o, siguiendo la lógica del conocimiento libre, descargarse el archivo donde consta la información del diseño del objeto y fabricarselo uno mismo.

Y ocurrió lo que tenia que ocurrir. Cody Wilson logro fabricar, en 15 piezas, un pequeño arma de fuego (multicalibre) que permite un único disparo pero que cumple su función  y sobre todo, nos permite vislumbrar un posible futuro mas problemático  con otros materiales y otros diseños mas peligrosos. Como siempre, el diseño se difundió a escala planetaria, por la novedad, y España (dice Mr. Wilson) es el lugar con mayor numero de descargas. Queda pendiente, por supuesto, el problema de las balas, que no se pueden fabricar en la impresora.  Y quizás, por ahí debe ir el control:
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La pregunta es , por supuesto si esto es legal en España o no. El régimen de armas de fuego español, con fama de restrictivo ( aunque uno se sorprende) , esta regulado en diversas leyes y reglamentaciones ( cuestión que acabo recientemente en el Tribunal constitucional, que lo resolvió en la Sentencia 24/2004. Sin entrar en los detalles( no se trata de efectuar un tratado) la fabricación de un arma así, estaría prohibida y castigada por el articulo 564 del Código Penal:

La tenencia de armas de fuego reglamentadas, careciendo de las licencias o permisos necesarios, será castigada:

1.º Con la pena de prisión de uno a dos años, si se trata de armas cortas.

2.º Con la pena de prisión de seis meses a un año, si se trata de armas largas.

2. Los delitos previstos en el número anterior se castigarán, respectivamente, con las penas de prisión de dos a tres años y de uno a dos años, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

1.ª Que las armas carezcan de marcas de fábrica o de número, o los tengan alterados o borrados.

2.ª Que hayan sido introducidas ilegalmente en territorio español.

3.ª Que hayan sido transformadas, modificando sus características originales

Así que cuidadito: tener el archivo no es delictivo, pero pulsar «print» a las 15 piezas, lo es. Ademas, comenzar a imprimir las piezas, puede resultar en algún fiscal original intentando aplicarlo en grado de tentativa.  Preveo un futuro con mas materiales y mas problemas, aunque no creo que hay que ser alarmistas. Es mucho mas fácil de lo que parece conseguir armas en España y realmente, a nadie le interesa tener una.

Por cierto, recuerdo una pistola idéntica en una película de Clint Eastwood de los noventa. A lo mejor habria cuestionaes de Propiedad Industrial interesantes.