Microblogging: Edición digital del Boletín Oficial del País Vasco
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El pasado 23 de diciembre se publicó el acuerdo del Consejo del Gobierno Vasco mediante el cuál la edición electrónica del Boletín Oficial del País Vasco, al igual que ya lo hizo el Boletín Oficial del Estado, pasará a tener carácter oficial con plena validez jurídica y autenticidad:
El Consejo de Gobierno ha aprobado el Proyecto de Decreto del Boletín Oficial del País Vasco (B0PV) que adecúa la regulación existente hasta la fecha a los nuevos tiempos, cambios y desarrollos tecnológicos. En este sentido, el presente Decreto concede a la edición electrónica del BOPV carácter oficial y le dota de plena validez jurídica y autenticidad.
Hasta el momento actual el boletín oficial ha venido publicándose en soporte papel, si bien desde hace tiempo ya se difunde a través de la página web del Gobierno Vasco (www.lehendakariordetza.ejgv.euskadi.net). En estos momentos, en el marco de las previsiones contenidas en el artículo 11.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y en el Decreto 232/2007, de 18 de diciembre, por el que se regula la utilización de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos administrativos, se estima posible y necesario realizar la publicación del boletín oficial en formato electrónico, con las garantías necesarias, accesible desde la sede electrónica del Gobierno Vasco.
El Decreto del BOPV entrará en vigor a partir de 1 de enero de 2009.
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